Minuto 05:50
Fiscal: ¿Qué calidad le asignaban ustedes como policía a Castro Antipán?
R – Capitán Marín: La calidad que el tenía con nosotros era de Informante…. Entregaba información, a veces el informaba que iban a haber desordenes en la Universidad, barricadas, ataques a vehículos o en la ruta y esos hechos ocurrían.
Minuto 10:50
Fiscal: ¿Desde que época se relacionaba estaba trabajando o se relacionaba con este testigo (Castro Antipán)?
R – Capitán Marín: Aproximadamente desde fines de febrero… del 2009.
Minuto 12:10
Abogado defensor (de comuneros) tratando de establecer cadena de mando
¿Quien era su superior el año 2009?
R- Capitán Marín: Mi jefe directo era el general Llevenes, Cristian Llevenes (General de Zona)
AD: ¿Y el director de Inteligencia?
R – Capitán Marín: El general Villalobos.
AD: ¿Y estaba el general Gordon de Director General?
R – Capitán Marín: Si, Gordon.
AD: Y Rosende de Subsecretario y Pérez Yoma de Ministro del Interior. Esa era la cadena de mando de estas operaciones.
Minuto 15:06.
Abogado Defensor: ¿Ustedes tenían un contacto periódico con el (Castro Antipan)?
R – Capitán Marín: No era periódico, no todos los días. Una vez a la semana… cada dos semanas.
Minuto 16:55
Abogado Defensor: O sea ¿usted era el que tenía contacto directo con el (Castro Antipán) o algún subordinado?
R – Capitán Marín: El contacto lo manejaba un sargento y a su vez yo supervisaba las OPERACIONES.
Para los que no saben, un “testigo protegido” no es ni puede ser un “informante” o “infiltrado” (figuras que solo existe, acotadamente, en la Ley de Drogas, e inexistente en nuestra legislación e incluso en la Ley Anti Terrorista). Pues se protege a un testigo para asegurar que testifique no para que implique a terceros en nuevo hechos delictuales. Además la “infiltración” mas que proteger (a un supuesto testigo) lo expone.
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¿Y DONDE ESTÁN LAS RENUNCIAS DE VARIOS MINISTROS?
¿Y DONDE ESTÁ LA PRENSA HABLANDO DE ESTO?