Mediante una declaración en su sitio web, la Asociación Nacional de Fiscales del Ministerio Público, rechazó de manera categórica la salida del Fiscal Emiliano Arias del Caso Corpesca, algo que claramente fue para blindar a los múltiples políticos y empresas pesqueras involucradas. De paso, confirman algo que ya mencionamos: la burda utilización de la «Agenda Corta Antidelincuencia» para frenar investigaciones de caracter público. Parte del comunicado señaló:
1.- Manifestamos nuestro rechazo a las decisiones que afectan al fiscal regional Emiliano Arias Madariaga. Según la Fiscalía Nacional, estas se fundamentan en las declaraciones del Fiscal Regional a La Tercera, con las que se habría infringido el deber de reserva legal de las investigaciones. Nuestra Asociación estima que la interpretación de la norma, no puede llegar al extremo de impedir a los fiscales regionales y adjuntos, emitir opiniones de carácter general y que no afectan a la investigación. Menos, es posible considerar una afectación a la normativa, cuando lo que manifiesta el fiscal son expresiones ya expuestas públicamente ante los tribunales de justicia.
2.- Resulta particularmente grave que se tome esta medida, invocando el artículo 64 de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, norma que fue modificada recientemente por la llamada Ley de “Agenda Corta Antidelincuencia” y que, mal interpretada, puede sólo emplearse para privar a la opinión pública de información relevante en casos de alto interés ciudadano. Esto refuerza las aprehensiones que hicimos saber en la tramitación legislativa de la “Agenda Corta”, porque, en definitiva, cuando investigaciones afecten a grupos de poder, se ha de valer la presente norma para conseguir mantener desinformada a la ciudadanía.
3.- Si bien el Ministerio Público es una Institución jerarquizada, ello no debería implicar que el Fiscal Nacional utilice sus potestades para asignar y reasignar causas relevantes para el país, motivando dicha facultad no en mejorar el resultado de las investigaciones en curso, sino como una sanción en contra de un determinado Fiscal, más aún, si en este caso en particular, no existe ningún reproche manifestado por el Fiscal Nacional respecto de la tramitación misma de la investigación a cargo del Fiscal Arias o de sus resultados.
4.- Además, nos parece más grave si se ha ordenado instruir un sumario en contra del fiscal Arias, en la medida que el fundamento para iniciarlo, son declaraciones de éste a un medio de comunicación social, que se aprecian, a simple lectura, como de carácter general, las cuales informan a la ciudadanía sobre el curso de una investigación relevante. En ese sentido, a lo que se apunta con la entrevista, es al deber de transparentar los procesos judiciales y que no afectan el honor, la honra o el principio de inocencia respecto de ninguna persona determinada.
COMO SERÁ DE BURDO EL BLINDAJE A LA CORRUPTA LEY LONGUEIRA QUE HASTA LOS FISCALES ESTÁN INDIGNADOS
POR ESO MISMO, ES UNA OBLIGACIÓN ANULARLA Y QUE SUS AUTORES TERMINEN EN LA CÁRCEL